Micelio
Auto3 de mayo de 2011

A- de 2011

Ponente Mauricio González Cuervo

Demandante Melva Maria Espitia·Demandado Sin Información

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Fallo De Tutela
  • Corrección cuando en la trascripción del texto de una sentencia se producen errores según artículo 310 del CPC
Accion De Tutela Contra Cajanal En Materia De Reliquidacion Pensional
  • Corrección parte resolutiva de sentencia T-948/09
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitud de aclaración.

La peticionaria solicita que se aclare la sentencia T-354/10 respecto a los criterios utilizados por la Sala de Revisión en la noción de tercera edad y el precedente jurisprudencial sobre el principio de inmediatez en materia de pensiones.

Así mismo indica la peticionaria que la sentencia desconoce el principio de favorabilidad, al limitar el campo de operación del pago de las mesadas pensionales en forma retroactiva.

La Sala considera que la solicitud de aclaración es improcedente dado que no expresa de manera concreta cuáles son las expresiones o conceptos contenidos en la parte resolutiva del fallo que ofrece duda, o si ésta surge de la parte motiva que es inescindible de la decisión proferida.

RECHAZADA POR IMPROCEDENTE.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. RECHAZAR por improcedente la solicitud de aclaracion de la sentencia T-354 de 2010 dictada por la Sala Segunda de Revision el 11 de Mayo de 2010, por las razones expuestas en esta providencia.
  2. Segundo. ORDENAR a la Secretaria General de esta Corporacion que dirija comunicacion, informando lo resuelto en el presente auto a la senora Melva Maria Espitia de Vasquez.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.